martes, 9 de julio de 2013

Los Blesas catalanes (II) Los últimos responsables de Catalunya CAixa/Caixa Catalunya/Catalunya Banc)


Ayer me dediqué a colgar unas cuantas fotitos, todas ellas de los directamente implicados en la gestión de la hoy arruinada caja catalana. Cuya ruina, no debemos olvidarlo, conlleva y puede arrastrar a similar situación a numerosos empleados y empleadas de la institución. Y no así a quienes la han conducido al desastre. Ellos, por el contrario, se habrán aprovechado y hasta  enriquecido aún más,  y ni tan siquiera verán mermada su pretendida honorabilidad, porque los medios de comunicación – como en tantas ocasiones y casos anteriores y parecidos a éste,  que muchos han abundado en la comunidad catalana, en el hipotético caso de dar o  comentar el tema, lo dejarán para las páginas que saben son menos leídas y además bajo títulos distantes del verdadero contenido de la información.

Me centraré en el período del 2000 al 2013 y en las personas que ocuparon la presidencia y/o fueron consejeros delegados de Catalunya Caixa/Caixa Catalunya:

José Carlos Pla Royo :  Nombrado por el FROB, desde el 1 de junio de 2013 es Presidente Ejecutivo de Catalunya Banc. (1)

Nacido en Tortosa en 1952, es licenciado en Ciencias Económicas por la Universidad de Barcelona, Censor Jurado de Cuentas y Máster en Administración de empresas por ESADE.

Ha desarrollado su carrera profesional vinculado, principalmente, a la banca ocupando máximas responsabilidades en varias entidades. Entre los años 1974 y 2006 desempeñó distintos cargos directivos en el BBVA: Dirección General del Banco de Comercio (1990-1995), Consejero Delegado del BBVA Continental de Perú (1995-2000) y Presidente Ejecutivo del BBVA Provincial de Venezuela (2001-2005). A continuación, entre los años 2008 y 2009 ejerció de Consejero Delegado del Grupo Faustino, bodega con una fuerte vocación de exportación y posteriormente se integró en la consultora Cóndor Procesos, SL en calidad de socio.

En el año 2010, se incorporó como Presidente Ejecutivo a CajaSur Banco, para impulsar su saneamiento y reestructuración, tras su adquisición por la BBK, cargo que ha desempeñado hasta la actualidad.

José Carlos Pla también ha ostentado distintos cargos en Consejos de Administración de diferentes empresas, destacando los de Iberdrola y BBVA Seguros. Además también fue profesor de Comercio Internacional en la Universidad Pontificia de Comillas (ICADE).

(1) Datos tomados de la web de Catalunya Banc, composición del consejo de administración


Adolf Todó Rovira: “ Desde … febrero de 2008 … la dirección general de Caixa Catalunya, cargo que ocupó hasta que ésta se fusionó el 1 de julio de 2010 con Caixa Tarragona y Caixa Manresa, constituyendo …CatalunyaCaixa, de la cual él sería nombrado presidente.

El 30 de septiembre de 2011 CatalunyaCaixa fue nacionalizada en un 90% al necesitar recibir 1.718 millones del FROB (sumados a los 1.250 millones recibidos el año anterior). En 11 de octubre de 2011, fruto de la reestructuración del sistema financiero en España, CatalunyaCaixa cedió todo su negocio bancario a un nuevo banco cuyo propietario era la propia caja de ahorros, llamado Catalunya Banc. … nombrado entonces presidente de Catalunya Banc con el respaldo del Banco de España(…)fue destituido procedetemente por el Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB) en junio 2013,(…) (Wikipedia)

La información siguiente está copiada de Esade.edu, donde Todó es profesor asociado del Departamento de Economía : 

Es Master (1985) y Doctor (1987) en Economía (1987) por la University of California San Diego (UCSD, Estados Unidos), y Licenciado en Ciencias Económicas por la Universitat Autònoma de Barcelona (UAB, 1980). Ha sido profesor ayudante y ayudante de investigación en la UCSD (1983-1987). Antes fue profesor de la Facultad de Ciencias Económicas de la UAB (1979-1981).

Desde 1995 es director general de Caixa Manresa y vicepresidente de la Fundació Caixa de Manresa, y desde 1997 es presidente de Caixa Manresa Vida, SA, Compañía de Seguros. Ha sido miembro del consejo de administración de la Confederación Española de Cajas de Ahorros (CECA), en representación de las cajas catalanas (1997-1999, 2003-2005) y patrón de FUNCAS, fundación que gestiona la obra social de la CECA (2001-2003). Asimismo, ha sido director de la Banca Corporativa de Sabadell Multibanca (1989-1994) y de la Unidad de Grandes Empresas e Instituciones del Banco Sabadell (1994-1995).

Es miembro del Patronato de ESADE (desde 2002) y del Patronato del Instituto de Análisis Financiero del CSIC (desde 2002). Ha formado parte del Comité de Expertos designado por el Departamento de Economía y Finanzas de la Generalitat de Catalunya para el acuerdo sobre competitividad (2004). También ha sido nombrado miembro del grupo de trabajo asesor de la Generalitat para la racionalización de la financiación del gasto sanitario (desde 2004). Es miembro de la Comisión Mixta Generalitat de Catalunya-Federación Catalana de Cajas de Ahorros para impulsar la cooperación en el ámbito social y económico (desde 2005).

Es profesor de los departamentos de Economía y de Control y Dirección Financiera de ESADE desde 1987.


Narcís Serra Serra. Presidente de Caixa Catalunya  desde 2005 hasta septiembre de 2010

Licenciado en Ciencias Económicas por la Universidad de Barcelona, fue director de la sección de Estadística de la Cámara de Comercio de Barcelona en 1965. Junto a Miquel Roca i Junyent montó un gabinete de estudios al que Pere Durán Farell, a principios de los años 70, en representación de los grandes propietarios de la zona, encargó el Plan de la Ribera, aprobado inicialmente en 1971 por el Ayuntamiento de José María de Porcioles, pero que pudo ser rechazado por la fuerte oposición popular a la urbanización privada y masiva de toda la franja costera de Barcelona. Posteriormente el Colegio de Arquitectos convocó un concurso público que fue ganado por la Escola d'Arquitectura de Barcelona, que presentó un proyecto alternativo que fue posteriormente el modelo que se siguió para la remodelación de dicho barrio en los años noventa. En 1978 se afilió al Partit dels Socialistes de Catalunya (PSC).Con el final de la dictadura y el regreso del presidente Tarradellas, participó en el Gobierno provisional preautonómico, como consejero de Política Territorial y Obras Públicas (1977-1979).

Tras las primeras elecciones municipales democráticas, tras la muerte de Franco, fue elegido alcalde de Barcelona en 1979, cargo que desempeñó hasta 1982). Con la victoria del PSOE en las elecciones generales de 1982 formó parte del primer gabinete socialista que presidió Felipe González como Ministro de Defensa (1982). En este cargo, de dificilísimo ejercicio tras la muy reciente intentona golpista del 23 de febrero de 1981, fue el encargado de modernizar y democratizar las Fuerzas Armadas. Le correspondió asimismo el difícil papel de modificar la política de su partido en relación a la OTAN, ya que el PSOE se había opuesto al ingreso que estaba preparando el gobierno de Calvo-Sotelo en una conocida campaña (cuyo lema "OTAN, de entrada no" se había popularizado entre la izquierda española), pero debió cambiar su postura en el referéndum que se organizó sobre el ingreso de España en la OTAN, que había sido una de las promesas electorales del PSOE. En 1991 ocupó el cargo de Vicepresidente del Gobierno, cargo que repitió después de las elecciones de 1993 en las que el PSOE volvió a hacerse con el triunfo. Permaneció como vicepresidente del Gobierno hasta su dimisión, junto al ministro de defensa Julián García Vargas, en 1995, dos semanas después de conocerse que el centro nacional de inteligencia, CESID, había practicado escuchas ilegales a relevantes personalidades de diferentes ámbitos de la vida pública, incluido el rey Juan Carlos. En 1996 pasó a ser secretario general del PSC, cargo que dejó en 2000. Fue diputado en el Congreso por la circunscripción de Barcelona entre 1986 y 2004.

En 2005 fue nombrado presidente de Caixa Catalunya y el 28 de agosto de 2010 se anunció que antes de la fusión de la entidad con las cajas de Manresa y Tarragona se había subido el sueldo, a pesar de encontrarse la entidad intervenida por el FROB y en plena crisis económica. Después de cinco años como presidente de Caixa Catalunya solo un año después de dejar su cargo a la entidad y debido a la acumulación de tóxicos inmobiliarios durante su etapa dentro de la burbuja inmobiliaria la entidad requirió la intervención por el Banco de España y quedó controlada por el Estado en un 90%. Otro de sus cargos relacionados con la caixa, Serra se incoporó en abril de 2008 al consejo de administración de Gas Natural en representación de Caixa Catalunya, sustituyendo entonces a José María Loza, y en diciembre del 2011 dimitió.

Actualmente está dando clases en el Instituto de Barcelona de Estudios Internacionales (IBEI). Entre sus aficiones, es conocido su gusto por tocar el piano.


Bueno, por hoy voy a poner el punto final. Mañana seguiré con Casado y Serra Ramoneda.

______










lunes, 8 de julio de 2013

Los Blesas catalanes (I)

La noticia de la comparecencia de Todó en la Comisión de investigación del Parlament prevista para hoy,  me recordó un correo electrónico recibido días pasados,  emitido por los sindicatos de Catalunya Banc, la antes Catalunya Caixa y antes Caixa Catalunya y antes Caja de la Diputación de Barcelona, que según creo, en los últimos veinte años, son las distintas denominaciones ostentadas por  la entidad, ahora en situación desesperada y críticaY, para mí, ejemplo perfecto de los resultados de los usos y abusos de la llamada élite del lugar.  Para simplificar mí exposición con aquello de que una imagen vale más que mil palabras, he seleccionado unas fotografías halladas en la Red, algunas corresponden a los personajes que en estos últimos años han presidido esta entidad, bien como presidentes o directores generales. Instantáneas que abundaré más adelante con información acerca del historial de cada uno de estos "ejecutivos". Autores, a la postre, o sea,  consumadores del derribo y esperado desguace de la otrora "Caja de Ahorros Provincial de la Diputación deBarcelona"

Con este comentario inicio una serie dedicada a la evolución del sector crediticio catalán y sus pro hombres. ¡Qué pro hombres!



Serra Ramoneda, antecesor de Narcís Serra






http://www.diariovasco.com/agencias/20130704/economia/comparecencia-todo-abre-comision-investigacion_201307041751.html

Entrevista de Todó en Els Matins de TV3 por Cuní
Todó profesor de Esade
Todó relevado en Catalunya Banc
Jaume Masana, director general con Todó. Ahora en La Caixa
Casado,sustituyó a Todó como presidente. Sólo estuvo tres meses.


Carlos Plá, actual presidente ejecutivo  nombrado por el Frob


Pienso que estoy olvidando a los que están o estuvieron por encima de éstos, es decir, los que entonces presidían    los organismos de control, especialmente el Banco de España, supervisor del Sistema Financiero Español


Mariano Rubio, gobernador del BdE desde 1984 hasta 1992








Luis Angel Rojo, predecesor de Caruana y sucesor de Mariano Rubio como gobernador del BdE.Subgobernador con Mariano Rubio








Jaime Caruana, gobernador BdE desde 1999 hasta 2006









Ordoñez, gobernador BdE desde 2006 hasta junio 2012



:
´Linde, actual gobernador  del BdE, desde  julio 2012

miércoles, 3 de julio de 2013

Más largo es el tiempo que la fortuna( Casos Eres de Andalucía y Bárcenas)

silvialeyendo: Más largo es el tiempo que la fortuna(Ferrán Cabal...: Más largo es el tiempo que la fortuna , título de un librillo de amarillas páginas editado por Librería Salesiana, quinta edición, Bibli...
-------
3 de julio de 2013 La información  de actualidad acerca de dos asuntos en torno a los dos principales partidos políticos, PSOE y PP, de este país llamado España me ha traído a la memoria esta novelita de Ferrán Caballero, “Más largo es el tiempo que la fortuna”, leída hace poco, cuyo protagonista es un mal sujeto, muy ambiciosillo él, y al que parece que la fortuna le sonríe siempre, porque de su inicial condición de ayudante de barbero pobre, o sea, sin recursos, luego, tras haber cometido un grave delito  cuya autoría  permanece oculta, lo vemos convertido en un personaje influyente y muy estimado en su nuevo entorno social. Entorno social- hay que decirlo también - que sólo mira lo presente y no se hace preguntas críticas  sobre los orígenes ni las circunstancias del pasado del mismo. En la novela, su autora Cecilia Böhl  de Faber, en su afán de dar un sentido edificante a su libro, es decir, enseñar que quien obra mal, mal acaba, dará al tunante merecido final después de haberle desenmascarado  e identificado como autor real de un cruel delito por el cual, además, fue condenado un inocente.

Después de esta síntesis argumental debo decir que los casos conocidos como “ los Eres de Andalucía “ y “ Bárcenas”, del POSE y del PP, respectivamente,  son los que me han hecho recordar la novelita. Porque en ambos se da la coincidencia de ser asuntos viejos, cuyos protagonistas, hoy, son conocidos e influyentes  personajes que – como en la novela – pueden hacer recaer la condena judicial  sobre cualquier inocente desgraciado sin fortuna ni influencias, e incluso, llegado el caso de que afloren las pruebas del delito, escapar de la justicia humana, gracias a la ayuda, mediante el oportuno aviso, de alguno de otros más influyentes que él,  que aunque no estén involucrados temen las consecuencias del escándalo sobre sí mismos o de sus familias.  


--------------
3 de junio de 2016: He suprimido el último párrafo de mi añadido de fecha 3.7.2013, por entender que el símil que realizaba no se correspondía, en primer lugar y básicamente porque la labor de un juez cualquiera es la de arbitrar justicia en función de las pruebas. Mientras que el personaje de la novelita era un simple, un muy sencillo ciudadano de a pie. 



sábado, 29 de junio de 2013

Acerca de las trece fincas...

Lo de las trece fincas vendidas por la infanta española, cuyo DNI  consta en las escrituras formalizadas, es decir, en los trece contratos públicos que fueron suscritos ante notario y posteriormente anotados en el Registro de la Propiedad, pone al descubierto, según creo, la actitud exenta de  profesionalidad  de muchos de los fedatarios públicos, ante los cuales los ciudadanos nos vemos obligados a suscribir, en documentos  intervenidos por  ellos, nuestros acuerdos y operaciones para darles  ejecución y  legalidad .

Ahora , cuando el azar  en forma de  juez instructor machacón, requiere de más  datos oficiales para seguir instruyendo la según parece  interminable causa contra Urdangarin-InstitutoNóos ,  pieza separada del caso Palma Arenas, pero en la práctica,  ariete contra la Casa Real española, resulta que, de súbito, surge la evidencia que ni somos todos iguales ante el gran hermano del Fisco Español,( algunos con patente de corso), ni  los por ley facultados a legitimar los contratos verificando no sólo la identidad de los firmantes, sino también la legalidad de los acuerdos,  omitieron mirar si coincidía la foto del DNI,pasaporte o tarjeta de residencia, etc. con la persona que decía ser su titular. ¡Qué historias hay que oir! 

Consecuentemente,  según van desvelándose nuevos escándalos económicos financieros,  fraudes a la Hacienda Pública por entidades y personajes de envergadura,  la parcialidad de fallos y sentencias de muchas causas judiciales,  las  posturas de incivil rebelión de las autoridades de algunas de las Comunidades autónomas, en fin, ese enorme etcétera cuya sola enumeración me cansa, me lleva a la conclusión que si, España fuera un saco habría que ponerle del revés y sacudirlo fuertemente para que se desprendiera toda la porquería acumulada, y, luego, meterlo en una lavadora con el programa más profundo de limpieza y dejarlo secar al sol purificador. Pero, ¡España no es un saco!

Opinión pública y f...(Condiciones abusivas de la Banca)(1)(*)

silvialeyendo: Villa Esmeralda (Continuación) Opinión pública y f...: Al citar y luego comentar un poco sobre  el deplorable  suceso de Bangladés , olvidé exponer dos aspectos tratados en esta breve narració...
-----------
(*) Debido a su larga extensión, esta entrada se ha dividido en  tres. Recomiendo, pues, la lectura de las tres entradas dedicadas a este tema. 



He rectificado algunas cosas y añadido otras nuevas a este comentario en el que he hablado más sobre la actualidad española que del libro en cuestión. Pero ello obedece al batiburrillo armado tras el fallo del Tribunal Supremo en relación a las llamadas cláusulas suelo de los préstamos hipotecarios. Sentencia que ha puesto en evidencia algunas de las malas prácticas usuales y legales que emplean las entidades crediticias, con, hasta ahora la eficaz colaboración de los fedatarios públicos y también, así lo pienso, de los jueces y magistrados que todavía tienen reparos (lo han denominado “no crear alarma social”), para con rotundidad y claridad justiciera, declarar:

 En primer lugar,  nulas y extensivo a todos los contratos existentes (1), las cláusulas similares a ésta.
 Y en segundo lugar, consecuente con lo anterior, la devolución de lo indebidamente cobrado por las entidades de crédito, sin necesidad de obligar al ciudadano afectado por la mala praxis de bancos y cajas a una reclamación judicial individual. Porque de no hacerlo así, en la práctica, sólo y como siempre, se podrán beneficiar quienes se enteren y tengan capacidad económica suficiente para requerir los servicios de un abogado o asesor y en su caso, entablar el oportuno procedimiento judicial y esperar el fallo del juez de turno.

-----------
(1)  Me permito recordar que no sólo son las operaciones hipotecarias las que suelen estar indizadas a tipos de interés variable y, consecuentemente, muchos son los otros contratos suscritos con cláusulas de suelo y techo (mínimo y máximo) del tipo de interés a devengar. En otro de mis próximos comentarios querría hablar de la costumbre generalizada en las entidades crediticias de aplicar a los más poderosos de sus clientes, las grandes empresas, condiciones económicas, que nada tienen que ver  con las aplicadas , a veces rayando en la usura, al resto de los comunes y vulgares de su  clientela. Teniendo en éstos, la gallina de los huevos de oro.


oooOOOooo

16 de febrero de 2014: En mayo del pasado año el Supremo dictó tres sentencias declarando nula la coloquialmente conocida por “cláusula suelo”. Decisión judicial que despertó muchas expectativas, que luego,  han quedado algo frustradas. Pues, desgraciadamente, la injusta balanza arbitral de la llamada justicia española se ha inclinado hacia el lado de los que más pesan, es decir, de los ricos y poderosos, en este caso concreto, de las cajas y de los bancos,  en lugar del bolsillo del sufrido ciudadano común y titular de un contrato de crédito/préstamo, o de una hipoteca, mal llamados de interés variable. Digo esto porque  la decisión judicial no era de aplicación general o extensiva a todos los contratos similares en los que esta cláusula existiera, que obligara a su automática  eliminación,  sino que fijó unos requisitos de transparencia. Así las cosas, sólo los prestatarios que no estén conformes con el “suelo” de su hipoteca y lo pidan, lo cual comporta la realización por parte de éstos de unos pasos y trámites precisos y obligados, que requieren conocimientos de derecho y práctica bancaria que la mayoría no posee. Desconocimiento, a mi modesto entender, causa principal por la que, en el pasado, las entidades crediticias, “les colaron”, o mejor dicho, les hicieron tragar, la firma del leonino contrato y de todos los papeles que les pusieron delante. Contrato cargado de condiciones abusivas, empezando por la imposición del notario, pasando por el tipo de los intereses de demora y su cálculo diario desde la fecha de impago, verdadero ejemplo de la más perniciosa usura, hasta la cláusula ahora en cuestión, de referencia a un tipo de interés variable, con mínimo y máximo(suelo y techo), cuyo suelo, usualmente alrededor del 3%, es alcanzable con toda probabilidad, y se convierte en tipo fijo, mientras, el techo, de dos dígitos,  tendría que devenir “la mundial”.

Pero, la trascendencia de la sentencia del Supremo no acaba aquí, ya que aún sentenciada la supresión de la cláusula suelo, no implica la retrocesión  de los intereses indebidamente devengados. Y, además, hace de la vía judicial la más efectiva, tal vez única, para lograr su supresión, así como la pertinente reliquidación retroactiva. Y esta vía es, no olvidarlo, además de cara, larga y por tanto no alcanzable para la mayoría de los comunes mortales. Circunstancia aprovechada por las entidades crediticias que así ven bien reducido el número de este tipo de reclamaciones.

Particularmente, pienso que tampoco el gobierno ha querido aliviar un poquito a los sufridos deudores de operaciones hipotecarias indizadas, al Mibor o al IRPH, que bien lo habría podido, o lo puede hacer aún, con un decreto ley que suprimiera dichas cláusulas , uno de esos tantos que cualquier viernes tras el consejo de ministros, nos anuncia la Vicepresidenta Sáenz  de Santamaría.

Detallo a continuación algunas direcciones y artículos de prensa relacionados con este tema, por creer  que acaso puedan sernos de utilidad:






Del artículo publicado en El Confidencial, titulado “El Supremo echa un capote a la banca…” copio y pego algunos párrafos, los que he creído más significativos:

“Buenas noticias para el sector financiero y malas para quienes cuentan con una cláusula suelo o techo en su contrato hipotecario. El Tribunal Supremo ha dictado sentencia y creado jurisprudencia al condenar a BBVA, Cajamar y NCG a eliminar estas cláusulas de aquellos contratos que han motivado dicha sentencia. El Alto Tribunal declara que la sentencia no tiene carácter retroactivo sobre situaciones o contratos que ya juzgados y tampoco obligará a las entidades a restituir las cantidades ya pagadas”
“… el Alto Tribunal admite que son válidas. Están admitidas y reguladas expresamente en la Orden Ministerial de 12 de diciembre de 1989, la del 5 de mayo de 1994 y en la Ley 2/2009 de Contratación de Préstamos Hipotecarios con Particulares y en el ámbito europeo por la propuesta de Directiva 2011/0062.

Pero el Supremo sólo las considera válidas “cuando se cumplen los requisitos de especial transparencia exigible en los contratos celebrados con los consumidores”. .. “El Tribunal Supremo estima que no es suficiente con que las cláusulas de forma aislada sean comprensibles”, sino que los clientes deben conocer y entender las implicaciones económicas que tiene su presencia en los contratos hipotecarios.

... De hecho, la nulidad de las mismas se apoya en varios argumentos:

a) La creación de la apariencia de un contrato de préstamo a interés variable en el que las oscilaciones a la baja del índice de referencia, repercutirán en una disminución del precio del dinero.

De hecho, señala que “los consumidores deben ser informados de que cuando el tipo de interés baja a determinados niveles, el préstamo se transforma en préstamo a interés fijo, variable solo al alza y de que no se beneficiarán de las bajadas del índice de referencia (en general el Euribor).

b) La falta de información suficiente de que se trata de un elemento definitorio del objeto principal del contrato.

c) La creación de la apariencia de que el suelo tiene como contraprestación imprescindible la fijación de un techo.

d) Su ubicación entre una abrumadora cantidad de datos entre los que quedan enmascaradas y que diluyen la atención del consumidor en el caso de las utilizadas por el BBVA.

Así, por ejemplo, señala que los consumidores deben ser informados de forma clara y destacada, sin que las cláusulas puedan pasar inadvertidas al consumidor entre otras propias de un contrato tan complejo.

e) La ausencia de simulaciones de escenarios diversos, relacionados con el  comportamiento razonablemente previsible del tipo de interés en el momento de contratar, en fase precontractual.

f) Inexistencia de advertencia previa clara y comprensible sobre el coste comparativo con otros productos de la propia entidad.

jueves, 27 de junio de 2013

Madres, padres, niños,leyes y jueces



Acabo de hacer unas correcciones  y añadidos a mis comentarios dedicados a María José Carrascosa. Han pasado unos cuantos años desde entonces y esta pobre mujer sigue en una prisión estadounidense, su familia hace todo lo humanamente posible a su alcance para liberarla, la niña es ya una adolescente y en el gobierno de España mandan los populares. Pero con todo y la injusticia que el mantenimiento en prisión de esta madre comporta, de lo que quiero hablar es de los niños y a mi modo de ver de su indefensión continua y generalizada, puesta muy de manifiesto en otros dos casos recientes. Uno de rigurosa actualidad,  porque el padre está siendo juzgado como posible autor de su desaparición y muerte, hablo, sin duda, de Ruth y José. Ambos niños pequeños, seis y dos años,  cuyos padres estaban, según creo, en proceso de separación o divorcio instado por la madre. El fatal fin de los niños ha puesto, como es natural, en segundo lugar los fallos(decisiones judiciales) habidos en el proceso de divorcio; pero, me pregunto yo, ¿por qué dos criaturas, y en este caso concreto tan chiquitas, uno con sólo dos añitos, debían desplazarse a otra provincia? Seguramente por la puesta en práctica del principio del reparto de los niños al cincuenta por ciento, es decir, ahora toca con papá, que, en este caso, vive en Córdoba; y luego, de vuelta, con mamá, que vive en Huelva. Pero sin haber sido tenido en cuenta por el juez o jueces que “no es justo sino injusto   equiparar a los padres en sus funciones y derechos y que su fallo obligaba a los niños, en primer lugar, a un continuo ir y venir, y, luego,  aunque ya “a toro pasado” , que uno de los equiparados no sólo no se merecía tal distinción, sino que la Ley(la Justicia) debía haberlos protegido de él . ¿Verdad?, o sea, de elemental sentido común.






El otro caso es también espeluznante. El título de la noticia hablaba de dos hombres juzgados por intercambiar a sus hijas y abusar de ellas. Para mi sorpresa los hechos venían del 2008. Sin embargo la noticia del juicio de los mismos la leía a finales de mayo de 2013. Las víctimas son unas niñas que cuando los hechos juzgados tenían entre 6 y 7 años y con el agravante de  sus madres eran conocedoras de lo que pasaba, luego cómplices. El escenario del suceso es Sevilla (España). El tema ha pasado bastante desapercibido, supongo que no interesaba nada que quedara en evidencia el grado de descomposición moral de nuestra sociedad, y, principalmente, su permisividad ante delitos anti natura¡Horror




7 de agosto de 2014: Ayer vi en los telediarios la imagen de una madre española que perdió a su única hija porque el padre la mató un día de los del régimen de visitas establecido por decisión judicial en cumplimiento de las leyes imperantes. El  tema se remonta a ocho o nueve años atrás. El testimonio de esta mujer,  en el que denuncia  cómo no fructificaron ninguno de los recursos ni apelaciones que ella hizo a los organismos y juzgados españoles para evitar que lo ocurrido con su hija no se repitiese, me resultó conmovedor y también espeluznante. Demoledor resultaba oír sus quejas directas a jueces, y en especial  a los mediadores y al Defensor del Menor que intervinieron. La tenaz perseverancia de esta madre por poner de manifiesto la indefensión que experimenta el menor por parte del todo el sistema español de justicia ha logrado al final  que la ONU dictaminase que España no había guardado, como debía, la salud de la niñita, asesinada por su padre para vengarse de la madre.




8 de agosto de 2014: Ayer, a toda prisa, añadí un comentario adicional a otro que había escrito en 2013, en relación a la misma  o parecida cuestión de la indefensión de los niños  en general,  pero,  particularmente, en los procesos de divorcio o separación de sus padres. Indefensión que reiteradamente se pone de manifiesto y de la cual son terribles testimonios la muerte de Ruth y José por su padre; y, ahora, tras la encomiable lucha de la madre, el dictamen de la ONU en contra de España. Dictamen  que confirma, desgraciadamente,  la indefensión ya apuntada  y, al mismo tiempo, proclama que los estamentos públicos españoles no actuaron debidamente.




Los casos citados- advierto-  son sólo ejemplos drásticos y dramáticos por el final de los mismos, pero, lo verdaderamente grave es que esta situación de arbitrariedad e indefensión de la parte más débil e inocente, o sea, de los niños, a mi modesto modo de entender, es la  que anida en las leyes y normas que rigen y, aún peor, se aplican, con rigor, en la actualidad y , además, afecta a muchos, debido al gran número de los divorcios y separaciones(*) que se producen en nuestro país, de creciente evolución. Precisamente, ahora que estamos en período de vacaciones estivales, creo que casi todos tenemos o conocemos algún ejemplo cercano de niños que cada quince días, según convenio judicial de divorcio o separación de sus padres, coge su maletita (o le cogen, pues la edad no importa, bebé o adolescente, es lo mismo), y - ¡hala! – a cambiar de casa, aunque como ETE, el extraterrestre, la añore un montón y además lo manifieste con sus lloros, sus quejas o súplicas, ¡es igual!, se tendrá que conformar y aceptar el cambio  de ambiente familiar y social,  las distintas diversiones,  los distintos hábitos y rutinas, y si hubiere , la imposición de” él” o “la” que haya  sustituido  al padre o la madre, no sólo en los afectos, sino en el domicilio al que se debe trasladar. Y ello porque así consta en un documento, según modelo tipificado, firmado  por sus padres siguiendo los consejos y asesoramiento de un hombre o mujer de Leyes( abogado), que un juez de familia ratificó, con el consentimiento del fiscal, cuyos pareceres cuentan mucho en estos casos judiciales. Procedimientos en los que los hijos, tal como si éstos fueran cosa divisible al cincuenta por ciento, mitad y mitad, son repartidos. Cuando la Naturaleza, la sabia Naturaleza, para mí, Dios, dotó con distintos atributos a la hembra y al varón, muy diferenciados por cierto, según el papel asignado a cada uno de ellos en la digna función de la procreación y conservación de la especie humana. ¡Qué especie!  




(*)Otro síntoma de la descomposición moral que sufrimos en la que las obligaciones y compromisos asumidos consustanciales al matrimonio son menospreciadas e ignoradas, y se olvida, que es un contrato libremente suscrito, pero que obliga a las partes contratantes. Eso visto desde un punto de vista civil, porque mayor y más digno y elevado es ese compromiso asumido ante Dios y que, desgraciadamente, con tanta ligereza, se incumple.


3 de mayo de 2015:La Sra. Carrascosa ya está fuera de la cárcel, donde permaneció nueve años. 

oooOOOooo
4 de noviembre de 2022: La muerte de una criatura, asesinada por uno de sus progenitores, en este caso por su madre, vuelve a ser noticia y también objeto de polémica y politización que desvitúan, según creo, el verdadero quid de la cuestión: la indefensión de los niños y del abuso continuado de que son objeto en las múltiples causas de separación y divorcio que se llevan a cabo en España.

Seguidores

Archivo del blog

Datos personales

Mi foto
Este blog es el medio de expresar mis particulares reflexiones e ideas sobre la realidad que me rodea, así como las sugeridas por la lectura de libros y artículos de prensa. No es crítica literaria, no tengo conocimientos para ello. Expongo , tras muchos esfuerzos, lo que mi corazón me dicta. No es mi intención la de ofender ni herir a nadie. Tampoco, pues, me gustaría ser objeto de heridas u ofensas por discrepar con mis particulares opiniones y gustos.