Acabo de hacer
unas correcciones y añadidos a
mis comentarios dedicados a María
José Carrascosa. Han pasado unos
cuantos años desde entonces y esta pobre mujer sigue en una prisión
estadounidense, su familia hace todo lo humanamente posible a su alcance
para liberarla, la niña es ya una adolescente y en el gobierno de España mandan
los populares. Pero con todo y la injusticia que el mantenimiento en prisión de
esta madre comporta, de lo que quiero hablar es de los niños y a mi
modo de ver de su indefensión continua y generalizada, puesta muy de
manifiesto en otros dos casos recientes. Uno de rigurosa actualidad,
porque el padre está siendo juzgado como posible autor de su desaparición y
muerte, hablo, sin duda, de Ruth
y José. Ambos niños pequeños, seis y
dos años, cuyos padres estaban, según creo, en proceso de separación o
divorcio instado por la madre. El fatal fin de los niños ha puesto, como es
natural, en segundo lugar los fallos(decisiones judiciales) habidos en el
proceso de divorcio; pero, me pregunto yo, ¿por qué dos criaturas, y en
este caso concreto tan chiquitas, uno con sólo dos añitos, debían desplazarse a
otra provincia? Seguramente por la puesta en práctica del
principio del reparto de los niños al cincuenta por ciento, es decir,
ahora toca con papá, que, en este caso, vive en Córdoba; y luego, de vuelta, con
mamá, que vive en Huelva. Pero sin haber
sido tenido en cuenta por el juez o jueces que “no es justo sino injusto” equiparar a los padres en sus funciones y
derechos y que su fallo obligaba a los niños, en primer lugar, a un continuo
ir y venir, y, luego, aunque ya “a toro
pasado” , que uno de los equiparados no sólo no se merecía tal distinción, sino
que la Ley(la Justicia) debía haberlos protegido de él . ¿Verdad?, o sea,
de elemental sentido común.
El otro caso es
también espeluznante. El título de la noticia hablaba de dos hombres juzgados por intercambiar a sus hijas y
abusar de ellas. Para mi sorpresa los
hechos venían del 2008. Sin embargo
la noticia del juicio de los mismos la leía a finales de mayo de 2013. Las víctimas son unas niñas que
cuando los hechos juzgados tenían entre 6 y 7 años y con el agravante de sus madres eran conocedoras de lo que pasaba,
luego cómplices. El escenario del suceso es Sevilla (España). El tema ha pasado
bastante desapercibido, supongo que no
interesaba nada que quedara en evidencia el grado de descomposición moral de
nuestra sociedad, y, principalmente, su permisividad ante delitos anti natura.
¡Horror
7 de agosto de
2014: Ayer vi en los telediarios la imagen de una madre española que perdió a su única hija porque el
padre la mató un día de los
del régimen de visitas establecido por decisión judicial en cumplimiento de las
leyes imperantes. El tema se remonta a
ocho o nueve años atrás. El testimonio de esta mujer, en el que denuncia cómo no fructificaron ninguno de los recursos
ni apelaciones que ella hizo a los organismos y juzgados españoles para evitar
que lo ocurrido con su hija no se repitiese, me resultó conmovedor y también
espeluznante. Demoledor resultaba oír sus quejas directas a jueces, y en
especial a los mediadores y al Defensor
del Menor que intervinieron. La tenaz perseverancia de esta madre por poner de
manifiesto la indefensión que experimenta el menor por parte del todo el
sistema español de justicia ha logrado al final
que la ONU dictaminase que España no había guardado, como debía, la
salud de la niñita, asesinada por su padre para vengarse de la madre.
8 de agosto de
2014: Ayer,
a toda prisa, añadí un comentario adicional a otro que había escrito en 2013,
en relación a la misma o parecida
cuestión de la indefensión de los niños
en general, pero, particularmente, en los procesos de divorcio
o separación de sus padres. Indefensión que reiteradamente se pone de
manifiesto y de la cual son terribles testimonios la muerte de Ruth y José por
su padre; y, ahora, tras la encomiable lucha de la madre, el dictamen
de la ONU en contra de España. Dictamen
que confirma, desgraciadamente,
la indefensión ya apuntada y, al
mismo tiempo, proclama que los estamentos públicos españoles no actuaron
debidamente.
Los casos citados- advierto-
son sólo ejemplos drásticos y dramáticos por el final de los mismos,
pero, lo verdaderamente grave es que
esta situación de arbitrariedad e indefensión de la parte más débil e inocente,
o sea, de los niños, a mi modesto modo de entender, es la que anida en las leyes y normas que rigen y,
aún peor, se aplican, con rigor, en la actualidad y , además, afecta a muchos,
debido al gran número de los divorcios y separaciones(*) que se producen en
nuestro país, de creciente evolución. Precisamente, ahora que estamos en
período de vacaciones estivales, creo que casi todos tenemos o conocemos algún
ejemplo cercano de niños que cada quince días, según convenio judicial de divorcio
o separación de sus padres, coge su maletita (o le cogen, pues la edad no importa, bebé o adolescente, es lo mismo), y -
¡hala! – a cambiar de casa, aunque como ETE, el extraterrestre, la añore un
montón y además lo manifieste con sus lloros, sus quejas o súplicas, ¡es igual!, se tendrá que conformar y
aceptar el cambio de ambiente familiar y
social, las distintas diversiones, los distintos hábitos y rutinas, y si hubiere
, la imposición de” él” o “la” que haya sustituido
al padre o la madre, no sólo en los afectos, sino en el domicilio al que
se debe trasladar. Y ello porque así consta en un documento, según modelo
tipificado, firmado por sus padres
siguiendo los consejos y asesoramiento de un hombre o mujer de Leyes( abogado),
que un juez de familia ratificó, con el consentimiento del fiscal, cuyos
pareceres cuentan mucho en estos casos judiciales. Procedimientos en los que
los hijos, tal como si éstos fueran cosa
divisible al cincuenta por ciento, mitad y mitad, son repartidos. Cuando la
Naturaleza, la sabia Naturaleza, para mí, Dios, dotó con distintos atributos a
la hembra y al varón, muy diferenciados por cierto, según el papel asignado a
cada uno de ellos en la digna función de la procreación y conservación de la
especie humana. ¡Qué especie!
(*)Otro síntoma de la descomposición moral que sufrimos en la
que las obligaciones y compromisos asumidos consustanciales al matrimonio son
menospreciadas e ignoradas, y se olvida, que es un contrato libremente suscrito,
pero que obliga a las partes contratantes. Eso visto desde un punto de vista
civil, porque mayor y más digno y elevado es ese compromiso asumido ante Dios y
que, desgraciadamente, con tanta ligereza, se incumple.
3 de mayo de 2015:La Sra. Carrascosa ya está fuera de la cárcel, donde permaneció nueve años.
3 de mayo de 2015:La Sra. Carrascosa ya está fuera de la cárcel, donde permaneció nueve años.
oooOOOooo
4 de noviembre de 2022: La muerte de una criatura, asesinada por uno de sus progenitores, en este caso por su madre, vuelve a ser noticia y también objeto de polémica y politización que desvitúan, según creo, el verdadero quid de la cuestión: la indefensión de los niños y del abuso continuado de que son objeto en las múltiples causas de separación y divorcio que se llevan a cabo en España.
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