Una de las noticias se refería a la recomendación comunitaria que está elaborando la Comisión Europea para aumentar, dicen, la transparencia y el control de los accionistas sobre la remuneración de los directivos. Que les permita evaluar de modo efectivo si éstas son correctas. Es decir, proporcionales a la marcha y al valor de la empresa por ellos gestionada. Quede claro que Bruselas habla de recomendación y no de norma. Pero no dejar de ser una evidencia de la existencia de un problema común.
A continuación leí que la japonesa Mitsubishi, entre otras medidas tomadas para reducir costes y mejorar la marcha de su negocio, reducirá los 'bonus' de sus directivos, rebajará la retribución por jubilación de tres de ellos y no pagará el finiquito a dos de los vicepresidentes que dejarán la compañía.
La última de las noticias leída fue el artículo ¿Es RTVE una empresa? , de Miguel Ormaetxea, en relación, obviamente, a RTVE. Ese ente "público", pero al servicio exclusivo del Poder político del momento y lugar. Que, en el 2003, a pesar de los 851 millones de euros de ingresos por su agresiva política de rebaja en las tarifas publicitarias - en franca competencia desleal con las cadenas privadas- perdió 623 millones de euros. Pues bien, en ese artículo se señala "La plantilla de RTVE es de nada menos que 8.901 profesionales, ... 22 directivos cobran más sueldo que el presidente del Gobierno y 40 cobran más que los vicepresidentes." Así las cosas, no es de extrañar que la deuda acumulada supere los 7.000 millones de euros y , además, siga subiendo.
Viendo, en resumen, cómo van las cosas aquí en Europa, más los numerosos escándalos empresariales de estos últimos años en conocidas multinacionales, incluidas las españolas; en los que hemos visto involucrados a sus directivos, beneficiarios de onerosas condiciones laborales y de jubilación, nada acordes a la eficacia real de su gestión empresarial, contemplada no sólo en el plazo inmediato, sino de la total duración empresarial, se hace necesaria, ya, una urgente regulación que delimite con claridad y proporción las retribuciones y condiciones laborales de estos individuos. Y, dado el caso, se establezca la exigencia de responsabilidades penales.
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