1 de marzo de 2015: Ayer noche escuché a Esperanza Aguirre mencionar al Dr. Morín, el tristemente célebre médico abortista de una clínica barcelonesa.
Hace un rato, quiso el azar que leyera una noticia ocurrida en la India sobre el parricidio de tres niñas por su madre. Noticia que va seguida de información y estadísticas acerca de la situación de la mujer en aquella sociedad, en donde todavía hoy, año quince del siglo XXI de la Era Cristiana, la condición femenina es casi una maldición, un estigma. Y el ser que lo padece no tiene derechos, incluso le es negado el derecho de nacer.
La lectura de la noticia me llevó a otro artículo en relación al mismo tema; y, entre los muchos comentarios, había uno que denunciaba cómo en España también se mataba antes de nacer, y se citaba al ya nombrado aquí, Dr. Morín. Ello me llevó a buscar información actualizada sobre este sujeto y me encontré con que, primeramente, la Audiencia de Barcelona le absolvió, a principios del 2013, por unos cien abortos ilegales cometidos en su clínica. Fallo que a finales del mismo año el Tribunal Supremo anula y decide que el juicio deberá repetirse.
Me remito a la información al inicio detallada. Y, por entenderlo muy
interesante, copio y pego el comentario
a dicha noticia suscrito por “Merlín”:
“Lo que también parece decir el TS es que los magistrados de la Audiencia
Provincial de Barcelona prevaricaron o actuaron con gran negligencia o parcialidad
política, ya que el TS les dice que "se menoscabó el derecho de
aportación probatoria del fiscal y las acusaciones populares".
Si
los señores togados quieren recuperar algo de su imparable y bien merecido descrédito,
deberían procesar también a los juristas, me cuesta llamarlos magistrados, que
han perpetrado tal injusticia. No se trata sólo de cambiar a unos por otros,
sino de aplicarles a los
"sentenciadores reprochados" la misma vara de medir que ellos usarían
si se tratara de testigos falsos o lo que "presuntamente" sea
equiparable en derecho, al margen de argucias de leguleyo. Porque así
todos cobran su buen sueldo, pero ninguno paga por su falta de pericia en su
trabajo, eso en el mejor de los casos.
Y, por cierto, tampoco estaría mal que le dieran la vuelta al reloj de arena
con el que funciona la justicia, porque este artilugio se paró en el 2007...”
8 de noviembre de 2022: Buscando información actualizada en relación al Dr. Morín, he hallado el fallo del TS ordenando la repitición del juicio . Detallo dirección de enlace:
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha notificado la sentencia número 793/2013 por la que revoca la absolución del doctor Carlos Morín y de su equipo médico, que habían sido absueltos por la Audiencia Provincial de Barcelona por practicar abortos ilegales, así como de los delitos de falsedad documental, asociación ilícita e intrusismo profesional.El Alto Tribunal anula la sentencia de la sección Sexta de dicha Audiencia y ordena repetir el juicio por una sala diferente.(...)Las pruebas rechazadas por la Audiencia y consideradas pertinentes por el Supremo son dos:
- Declaraciones testificales de los cinco periodistas de la televisión pública danesa y uno británico del Daily Telegraph y del Sunday Telegraph que participaron en la elaboración de reportajes sobre la práctica abortiva ejercida en alguna de las clínicas que se investigaban.
- Prueba documental consistente en la reproducción de los reportajes con cámara oculta realizados por dichos periodistas.
"La Audiencia de Barcelona ha condenado a un año y medio de cárcel al ginecólogo Carlos Morín por practicar 11 abortos ilegales en sus clínicas de Barcelona, de los 89 de que estaba acusado, y ha impuesto la misma pena a uno de los psiquiatras de su equipo médico"
"El Tribunal Supremo ha condenado a 18 meses de prisión por tres delitos de aborto ilegal al doctor Carlos Morín Gamarra, propietario de dos clínicas ginecológicas de Barcelona, y al psiquiatra Pascual Javier Ramón Mora. La Sala estima parcialmente el recurso de ambos y les absuelve de otros ocho delitos de aborto ilegal por el que habían sido condenados por la Audiencia de Barcelona en junio de 2016, al entender que en dichos casos no hay pruebas suficientemente contundentes de que las intervenciones de interrupción del embarazo se produjeron fuera de los supuestos permitidos por la ley."
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