El Supremo abre la puerta a que otro juez investig...: El Alto Tribunal ya archivó la querella en octubre, pero el denunciante recurrió porque el expresidente del ...
8 de febrero de 2016: Hace pocos días, jueves o viernes pasado, leí
en el blog de Indesinter,(*) la publicación de un artículo firmado por N. Villanueva
titulado “El Supremo abre la puerta a
que otro juez investigue a Zapatero por el indulto a Alfredo Sáenz “. Este
sugerente titular, al menos para mí lo fue, motivó leyera la información allí
publicada y, asimismo, buscara antecedentes acerca de la decisión, en octubre de 2013 del Tribunal Supremo, para desestimar la querella anterior. Hecho este
último que, a pesar de su trascendencia, me pasó desapercibido, imagino que tuvo
parecido trato informativo que la noticia actual. Es decir, tras una eficaz sordina que rebajara suficientemente
su sonido, o más bien su estridencia.
Con el fin de apoyar mi afirmación acerca de su
trascendencia, seguidamente, y como en otras muchas ocasiones, copio y pego
párrafos de información por mí leída.
a)En
primer lugar, enlazo con Wikipedia, sitio en el que se puede leer quién es
Alfredo Sáenz así como su historial o currículo. Yo me ceñiré a
reproducir los tres últimos apartados de la información facilitada por Wikipedia
en relación a la Condena penal, Indulto y Salida del Santander:
“En 2009, fue condenado por la Audiencia
Provincial de Barcelona a 6 meses de cárcel y multa de 9.000 euros por delitos de acusación y denuncia falsa cometidos en 1993
mientras era presidente de Banesto. En marzo de 2011,
tras 17 años de los actos cometidos, el Tribunal Supremo de España
rebajó la pena a tres meses de arresto y suspensión de su profesión de banquero
por ese tiempo, por un delito de acusación falsa. Esta condena en
firme lleva aparejada la inscripción del condenado en el registro de penados y
rebeldes, al contar con antecedentes penales se pierde la cualidad de
"honorabilidad" que exige el Banco de España para ejercer la
actividad de banquero, debiendo haberle dado de baja de la lista de Altos
Cargos de Banca.
El origen del proceso se remonta a 1994, cuando Sáenz, procedente del BBV fue
nombrado máximo ejecutivo de Banesto, tras su intervención por el Banco de España. En su intento
de saneamiento, Banesto había emprendido una estrategia
agresiva de recuperación de créditos morosos, en el desarrollo de la cual presentó a sabiendas una falsa querella por estafa, y Alzamiento de
bienes contra los clientes y empresarios Pedro Olabarría, Modesto González y
José Ignacio Romero, a los que el banco reclamaba 600 millones de pesetas (3,6 millones de
euros), que fueron encarcelados y
condenados por estos delitos por el juez Luis Pascual Estevill,
quien dictó la sentencia condenatoria contra los imaginarios acreedores, siendo
en 1996 declarado culpable de los
delitos de prevaricación por las detenciones ilegales realizadas a
iniciativa de la denuncia falsa presentada por Alfredo Sáenz, por el
responsable del Banesto en Cataluña, Miguel
Ángel Calama Texeira y del asesor jurídico externo, Rafael Jiménez de Parga Cabrera.
En la sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona de
2009 contra Sáenz, se estableció que este, junto con los otros condenados "tenían
conocimiento de que los hechos imputados (a los empresarios) no eran ciertos,
así como tampoco de los escritos posteriores de la ampliación de querella"
actuando así "con el único propósito de recuperar unos créditos, de la
forma que fuere, sin empacho alguno en formularla contra personas físicas que
nada debían".
Indulto: Previo informe favorable del ministerio
fiscal, el Gobierno en funciones, presidido por José Luis Rodríguez Zapatero, y
siendo Ministro de Justicia Francisco Caamaño Domínguez, en Consejo de
Ministros y en contra del tribunal sentenciador -el propio Supremo entendió que
no se daban "razones de justicia y equidad" para su concesión-,16
acordó conceder el indulto parcial a Alfredo Sáenz el 25 de noviembre de 2011,
esta decisión «conmuta la pena impuesta de arresto mayor y la accesoria de
suspensión de ejercicio profesional por la multa máxima prevista en la
legislación aplicable al caso», cambiando la condena inicial por una sanción
económica de unos 6000 euros. Esta dádiva gubernativa, le puede
permitir seguir cumpliendo con los requisitos de «honorabilidad» que exige el Banco
de España a los ejecutivos del sector financiero en España. No
obstante, en febrero de 2013, el
Tribunal Supremo anuló los efectos administrativos de dicho indulto,
inhabilitándole para seguir ejerciendo como directivo del banco. En marzo
de 2013, el banquero español se encontraba a expensas de la decisión del Banco
de España sobre su continuidad tras las alegaciones del Banco, que defiende que
la normativa europea, aprobaba por la Autoridad Bancaria Europea (EBA), y que
está a punto de entrar en vigor en España, permitiría a Sáenz ejercer su cargo
con las condiciones actuales sin ningún problema.
Salida del
Santander:En abril de 2013,21 Alfredo Sáenz ha anunciado su renuncia voluntaria
como vicepresidente y consejero delegado del Grupo Santander, dejando asimismo
de formar parte del consejo de administración.
Alfredo Sáenz
tenía reconocidos unos compromisos económicos como fondo de pensiones por su
trabajo en la entidad por los que cobró
88,1 millones de euros, más 11,1 por
un seguro de vida en caso de invalidez futura, son 99,2 millones, unos
198.400 billetes de 500 euros, es lo que tardaría en ganar un español si
viviera 3.306,67 años a razón de 30.000 euros al año.25 Dicha indemnización
representa el 33,67 % de los Fondos Propios (303 millones de €)26 del Banco
Targo & Bank a 31 de diciembre de 2013.
De la noticia publicada por ABC,
sólo recogeré el primero y los últimos párrafos, a mí modesto entender suficientemente
explícitos de los artificiosos y enmarañados vínculos entre el poder político,
aunque en este caso sea de rojo color, y
el poder económico. Poderes que con la inestimable e interesada colaboración
del llamado Cuarto Poder, los medios de comunicación, se convierten en opresores
y opresivos.
“El Ejecutivo le
cambia la pena de prisión e inhabilitación por una multa de 6.000 euros
M. VELOSO / MADRID Día 26/11/2011
El Gobierno de
Rodríguez Zapatero, ya en funciones, aprovechó el
Consejo de Ministros de ayer, el primero tras las elecciones del pasado
domingo, para
conceder el indulto parcial al consejero delegado del Grupo Santander, Alfredo
Sáenz, condenado a tres meses de
prisión, multa e inhabilitación para el ejercicio de su oficio de banquero
durante ese periodo. Fue el Supremo el que el pasado mes de marzo condenó al
«número dos» de la entidad presidida por Emilio Botín por un delito de denuncia
falsa cometido en 1994 contra unos deudores de Banesto…Los hechos se remontan a
1994, cuando Sáenz presidía
Banesto, entidad adjudicada en subasta pública al primer banco del país tras su
intervención. El actual consejero
delegado de Santander presentó una querella por estafa y alzamiento de bienes
contra Pedro Olabarría, Modesto González y Fernando y José Ignacio Romero, a
los que reclamaba más de 600 millones de pesetas (3,6 millones de euros)
contraída a través de la compañía Harry Walker. Sáenz defendía que los
empresarios se habían hecho responsables personales de esos créditos. Tras ser condenados —el juez que dictó
sentencia fue condenado por el Supremo en 1996 por prevaricación y detención
ilegal—, los empresarios denunciaron a Sáenz, pero el TSJ de Cataluña
archivó la causa. En
2006 el Supremo anuló ese fallo y obligó al tribunal catalán a retomar
el caso. En 2009, la
Audiencia Provincial de Barcelona condenó a Sáenz a seis meses, y en marzo de este año, el Supremo
rebajó la pena a tres meses.
Malestar entre los jueces: Ayer, ( Noviembre 2011)en rueda
de prensa posterior al Consejo de Ministros, José Blanco se negó a justificar la decisión alegando que
«no es habitual» explicar los motivos que llevan a conceder un indulto.
La comisión de traspaso de poderes que por parte del PP capitanea Soraya Sáenz
de Santamaría no fue informada del indulto. Después, Sáenz de Santamaría pidió
al ministro de la Presidencia, Ramón Jáuregui, un listado de los indultados,
que le fue negado. Fuentes del Ministerio de Justicia indicaron a Ep que sí
trasladaron al PP, «por los conductos habituales» la decisión. Por su parte,
las asociaciones de jueces pidieron que La Moncloa dé cuenta de las razones de
su decisión y criticaron la ley del indulto, de 1870, por dar la facultad al
Gobierno de interferir en las decisiones judiciales.”
“Sobre este
caso hemos hablado largo y tendido en el blog (“Todo por la pasta”,“El
indultado”,“Honorable por Decreto”, “Comentario al proyecto de normativa sobre honorabilidad”,“No diga indulto, diga impunidad”). No sólo por
considerarlo especialmente
escandaloso, sino también por revelar a la perfección nuestra lamentable
situación actual, es decir: la falta de moralidad de las élites financieras, el
cinismo de los políticos, el deterioro de las instituciones, la falta de
dignidad e independencia de los reguladores y el patético estado de
subordinación de gran parte de nuestros medios de comunicación (ya sea por
vocación o por necesidad). Por eso, es esperanzador comprobar que
todavía hay una institución que no traga. Con todos sus defectos, por supuesto,
que son muchos, pero que nos hace conservar la ilusión de que todavía vivimos
en un Estado de Derecho o que, al
menos, tenemos la posibilidad de recuperarlo si nosotros queremos…
Además, frente a la
interpretación de que con el famoso inciso final lo que se hace es suprimir los
antecedentes penales del Sr. Sáenz (para eludir el presupuesto que determinaría
la falta de honorabilidad) como si con ello el Gobierno tuviese a su
disposición una suerte de “memory hole” orwelliano, capaz de hasta borrar el
recuerdo del delito, el Tribunal Supremo afirma de manera categórica que, con
arreglo a la Ley, el Gobierno carece absolutamente de competencia para ello:
“Es obvio que un acto del Gobierno, como es el indulto, por muy acto político
que sea, no puede excepcionar la aplicación de estas leyes, haciendo
desaparecer el rastro administrativo de la condena sin que hayan transcurrido
los plazos legales de cancelación” (siguiendo en este punto la argumentación de
Auto de la Audiencia Provincial de Barcelona de 2 de septiembre de 2011, que se
negó a suprimir los antecedentes penales del Sr. Sáenz). Recuerda que “los
antecedentes penales no son una consecuencia anudada a la pena, sino a la
condena penal, a la sentencia, resolución que no se limita a imponer una pena
sino que también declara la existencia de un delito y la participación que en
él ha tenido el condenado, además de otros pronunciamientos como la
responsabilidad civil o las costas.”
Detallo, copio y
pego, asimismo, algunos de los más “sugestivos” comentarios y /o respuesta del
autor a dicha entrada de blog:
“Rodrigo Tena Arregui says: Jueves, 7th marzo 2013 at 23:40
Sr. Casas, pese a la
seriedad del TS en este asunto, parece evidente que la Justicia no es igual
para todos en España porque el Gobierno de la nación, elegido democráticamente
por los ciudadanos, no quiere que lo sea. Como necesita la benevolencia del
primer banco del país, excepciona del cumplimiento de la ley a los dirigentes
de ese banco. Es así de simple. Como sugiere la propia sentencia, estamos
volviendo a épocas que parecían completamente olvidadas, pero ni siquiera a
épocas predemocráticas, sino a épocas preilustradas, al puro y duro medievo en
el que el rey permitía a los señores feudales hacer de su capa un sayo
-encarcelando y torturando a sus vasallos cuando les viniese en gana- porque
los necesitaba para la guerra.
Los jueces, al menos en este caso, no están
por la labor, pero el señor tiene muchos servidores. El Banco de España no
debería ser un instrumento más al servicio de la estrategia política del
Gobierno, sino un órgano independiente dispuesto a exigir sin excepciones el
cumplimiento de las leyes, porque sin el Sr. Sáenz España puede subsistir,
incluso el Banco de Santander puede subsistir. Pero sin Estado de Derecho
estamos abocados al desastre, a la anarquía, a la destrucción de la misma
democracia. Cuando llegue nuestro Chávez le llamarán populista, pero si
el populismo es la subordinación de las leyes a un destino “superior”, hay que
reconocer que ya estamos en pleno populismo.”
José Luis Mazón Costa says: Martes, 12th marzo 2013 at 12:39
Un dato que puede ser muy significativo como telón de fondo del indulto extrañísimo a Sáenz
por Zapatero es que en 2006, según un informe del Tribunal de Cuentas, el PSOE
recibió una quita de 12 millones de euros de unas deudas bancarias pendientes
con el Santander dirigido por Botín y del cual es consejero delegado Sáenz.
En el auto de la Sala 2ª sobre la querella contra Zapatero y Caamaño por
prevaricacion, aludido en mi anterior comentario, el ponente, Perfecto Andrés Ibáñez, deja caer cierto
comentario sobre la ambientación que hace la querella de la posible relacion
causa efecto entre el indulto y la quita de los 12 millones de euros al PSOE
por parte del Santander, detectada por el Tribunal de Cuentas , el auto dice que
esa circunstancia podría ser relevante en otro contexto (es decir en otra
querella por cohecho entiendo yo). Como en España no existen Fiscales
independientes defensores públicos de la legalidad y los derechos de los
ciudadanos, sino servidores del Poder Ejecutivo de turno como cruda realidad,
este trabajo en ciertos casos tienen que hacerlo ciudadanos espontáneos o
entidades jurídicas creadas para tal fin. Y no se demorará mucho en que un juez
de Madrid tenga sobre su mesa una querella contra Botín-Sáenz y Zapatero-Caamaño como supuestos
sujetos activos y pasivos de operaciones de estas que se llaman de compra-venta
de voluntades. Hemos entrado en la era de la responsabilidad y los
vientos de “Némesis” (la diosa griega de la justicia retributiva) están soplando
cada vez más reciamente.
(*) Actualmente, noviembre 2017, no puedo acceder a este blog de Indesinter.
21 de noviembre 2017: Al parecer, "la puerta abierta por el Tribunal Supremo" no fue utilizada. ¡Vaya!