lunes, 8 de febrero de 2016

El Supremo abre la puerta a que otro juez investig...

El Supremo abre la puerta a que otro juez investig...: El Alto Tribunal ya archivó la querella en octubre, pero el denunciante recurrió porque el expresidente del ...


 
8 de febrero de 2016: Hace pocos días, jueves o viernes pasado, leí en el blog de Indesinter,(*) la publicación de un artículo firmado por N. Villanueva titulado “El Supremo abre la puerta a que otro juez investigue a Zapatero por el indulto a Alfredo Sáenz “. Este sugerente titular, al menos para mí lo fue, motivó leyera la información allí publicada y, asimismo, buscara antecedentes acerca de la decisión, en octubre de 2013 del Tribunal Supremo, para desestimar la querella anterior. Hecho este último que, a pesar de su trascendencia, me pasó desapercibido, imagino que tuvo parecido trato informativo que la noticia actual. Es decir,  tras una eficaz sordina que rebajara suficientemente su sonido, o más bien su estridencia.

Con el fin de apoyar mi afirmación acerca de su trascendencia, seguidamente, y como en otras muchas ocasiones, copio y pego párrafos de información por mí leída.

  a)En primer lugar, enlazo con Wikipedia, sitio en el que se puede leer quién es Alfredo Sáenz así como su historial o currículo. Yo me ceñiré   a reproducir los tres últimos apartados de la información facilitada por Wikipedia en relación a la Condena penal, Indulto y Salida del Santander:

En 2009, fue condenado por la Audiencia Provincial de Barcelona a 6 meses de cárcel y multa de 9.000 euros por delitos de acusación y denuncia falsa cometidos en 1993 mientras era presidente de Banesto. En marzo de 2011, tras 17 años de los actos cometidos, el Tribunal Supremo de España rebajó la pena a tres meses de arresto y suspensión de su profesión de banquero por ese tiempo, por un delito de acusación falsa. Esta condena en firme lleva aparejada la inscripción del condenado en el registro de penados y rebeldes, al contar con antecedentes penales se pierde la cualidad de "honorabilidad" que exige el Banco de España para ejercer la actividad de banquero, debiendo haberle dado de baja de la lista de Altos Cargos de Banca.

El origen del proceso se remonta a 1994, cuando Sáenz, procedente del BBV fue nombrado máximo ejecutivo de Banesto, tras su intervención por el Banco de España. En su intento de saneamiento, Banesto había emprendido una estrategia agresiva de recuperación de créditos morosos, en el desarrollo de la cual presentó a sabiendas una falsa querella por estafa, y Alzamiento de bienes contra los clientes y empresarios Pedro Olabarría, Modesto González y José Ignacio Romero, a los que el banco reclamaba 600 millones de pesetas (3,6 millones de euros), que fueron encarcelados y condenados por estos delitos por el juez Luis Pascual Estevill, quien dictó la sentencia condenatoria contra los imaginarios acreedores, siendo en 1996 declarado culpable de los delitos de prevaricación por las detenciones ilegales realizadas a iniciativa de la denuncia falsa presentada por Alfredo Sáenz, por el responsable del Banesto en Cataluña, Miguel Ángel Calama Texeira y del asesor jurídico externo, Rafael Jiménez de Parga Cabrera.

En la sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona de 2009 contra Sáenz, se estableció que este, junto con los otros condenados "tenían conocimiento de que los hechos imputados (a los empresarios) no eran ciertos, así como tampoco de los escritos posteriores de la ampliación de querella" actuando así "con el único propósito de recuperar unos créditos, de la forma que fuere, sin empacho alguno en formularla contra personas físicas que nada debían".

Indulto: Previo informe favorable del ministerio fiscal, el Gobierno en funciones, presidido por José Luis Rodríguez Zapatero, y siendo Ministro de Justicia Francisco Caamaño Domínguez, en Consejo de Ministros y en contra del tribunal sentenciador -el propio Supremo entendió que no se daban "razones de justicia y equidad" para su concesión-,16 acordó conceder el indulto parcial a Alfredo Sáenz el 25 de noviembre de 2011, esta decisión «conmuta la pena impuesta de arresto mayor y la accesoria de suspensión de ejercicio profesional por la multa máxima prevista en la legislación aplicable al caso», cambiando la condena inicial por una sanción económica de unos 6000 euros. Esta dádiva gubernativa, le puede permitir seguir cumpliendo con los requisitos de «honorabilidad» que exige el Banco de España a los ejecutivos del sector financiero en España. No obstante, en febrero de 2013, el Tribunal Supremo anuló los efectos administrativos de dicho indulto, inhabilitándole para seguir ejerciendo como directivo del banco. En marzo de 2013, el banquero español se encontraba a expensas de la decisión del Banco de España sobre su continuidad tras las alegaciones del Banco, que defiende que la normativa europea, aprobaba por la Autoridad Bancaria Europea (EBA), y que está a punto de entrar en vigor en España, permitiría a Sáenz ejercer su cargo con las condiciones actuales sin ningún problema.


Salida del Santander:En abril de 2013,21 Alfredo Sáenz ha anunciado su renuncia voluntaria como vicepresidente y consejero delegado del Grupo Santander, dejando asimismo de formar parte del consejo de administración.

Alfredo Sáenz tenía reconocidos unos compromisos económicos como fondo de pensiones por su trabajo en la entidad por los que cobró 88,1 millones de euros, más 11,1 por un seguro de vida en caso de invalidez futura, son 99,2 millones, unos 198.400 billetes de 500 euros, es lo que tardaría en ganar un español si viviera 3.306,67 años a razón de 30.000 euros al año.25 Dicha indemnización representa el 33,67 % de los Fondos Propios (303 millones de €)26 del Banco Targo & Bank a 31 de diciembre de 2013.


De la noticia publicada por ABC, sólo recogeré el primero y los últimos  párrafos, a mí modesto entender suficientemente explícitos de los artificiosos y enmarañados vínculos entre el poder político, aunque  en este caso sea de rojo color, y el poder económico. Poderes que con la inestimable e interesada colaboración del llamado Cuarto Poder, los medios de comunicación, se convierten en opresores y opresivos.

“El Ejecutivo le cambia la pena de prisión e inhabilitación por una multa de 6.000 euros

M. VELOSO  / MADRID Día 26/11/2011

El Gobierno de Rodríguez Zapatero, ya en funciones, aprovechó el Consejo de Ministros de ayer, el primero tras las elecciones del pasado domingo, para conceder el indulto parcial al consejero delegado del Grupo Santander, Alfredo Sáenz, condenado a tres meses de prisión, multa e inhabilitación para el ejercicio de su oficio de banquero durante ese periodo. Fue el Supremo el que el pasado mes de marzo condenó al «número dos» de la entidad presidida por Emilio Botín por un delito de denuncia falsa cometido en 1994 contra unos deudores de Banesto…Los hechos se remontan a 1994, cuando Sáenz presidía Banesto, entidad adjudicada en subasta pública al primer banco del país tras su intervención. El actual consejero delegado de Santander presentó una querella por estafa y alzamiento de bienes contra Pedro Olabarría, Modesto González y Fernando y José Ignacio Romero, a los que reclamaba más de 600 millones de pesetas (3,6 millones de euros) contraída a través de la compañía Harry Walker. Sáenz defendía que los empresarios se habían hecho responsables personales de esos créditos.  Tras ser condenados —el juez que dictó sentencia fue condenado por el Supremo en 1996 por prevaricación y detención ilegal—, los empresarios denunciaron a Sáenz, pero el TSJ de Cataluña archivó la causa. En 2006 el Supremo anuló ese fallo y obligó al tribunal catalán a retomar el caso. En 2009, la Audiencia Provincial de Barcelona condenó a Sáenz a seis meses, y en marzo de este año, el Supremo rebajó la pena a tres meses.

Malestar entre los jueces: Ayer, ( Noviembre 2011)en rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, José Blanco se negó a justificar la decisión alegando que «no es habitual» explicar los motivos que llevan a conceder un indulto. La comisión de traspaso de poderes que por parte del PP capitanea Soraya Sáenz de Santamaría no fue informada del indulto. Después, Sáenz de Santamaría pidió al ministro de la Presidencia, Ramón Jáuregui, un listado de los indultados, que le fue negado. Fuentes del Ministerio de Justicia indicaron a Ep que sí trasladaron al PP, «por los conductos habituales» la decisión. Por su parte, las asociaciones de jueces pidieron que La Moncloa dé cuenta de las razones de su decisión y criticaron la ley del indulto, de 1870, por dar la facultad al Gobierno de interferir en las decisiones judiciales.”

c) Comentario a la última sentencia del Tribunal Supremo en el caso Alfredo Sáenz: De esta interesantísima entrada del blog sobre la actualidad jurídica y política ¿Hay Derecho?, firmada por Rodrigo Tena Arregui, cuya lectura íntegra recomiendo así como los comentarios al pie, reproduzco los siguientes párrafos:

Sobre este caso hemos hablado largo y tendido en el blog (“Todo por la pasta”,“El indultado”,“Honorable por Decreto”, “Comentario al proyecto de normativa sobre honorabilidad”,“No diga indulto, diga impunidad”). No sólo por considerarlo especialmente escandaloso, sino también por revelar a la perfección nuestra lamentable situación actual, es decir: la falta de moralidad de las élites financieras, el cinismo de los políticos, el deterioro de las instituciones, la falta de dignidad e independencia de los reguladores y el patético estado de subordinación de gran parte de nuestros medios de comunicación (ya sea por vocación o por necesidad). Por eso, es esperanzador comprobar que todavía hay una institución que no traga. Con todos sus defectos, por supuesto, que son muchos, pero que nos hace conservar la ilusión de que todavía vivimos en un Estado de Derecho o que, al menos, tenemos la posibilidad de recuperarlo si nosotros queremos

Además, frente a la interpretación de que con el famoso inciso final lo que se hace es suprimir los antecedentes penales del Sr. Sáenz (para eludir el presupuesto que determinaría la falta de honorabilidad) como si con ello el Gobierno tuviese a su disposición una suerte de “memory hole” orwelliano, capaz de hasta borrar el recuerdo del delito, el Tribunal Supremo afirma de manera categórica que, con arreglo a la Ley, el Gobierno carece absolutamente de competencia para ello: “Es obvio que un acto del Gobierno, como es el indulto, por muy acto político que sea, no puede excepcionar la aplicación de estas leyes, haciendo desaparecer el rastro administrativo de la condena sin que hayan transcurrido los plazos legales de cancelación” (siguiendo en este punto la argumentación de Auto de la Audiencia Provincial de Barcelona de 2 de septiembre de 2011, que se negó a suprimir los antecedentes penales del Sr. Sáenz). Recuerda que “los antecedentes penales no son una consecuencia anudada a la pena, sino a la condena penal, a la sentencia, resolución que no se limita a imponer una pena sino que también declara la existencia de un delito y la participación que en él ha tenido el condenado, además de otros pronunciamientos como la responsabilidad civil o las costas.”


Detallo, copio y pego, asimismo, algunos de los más “sugestivos” comentarios y /o respuesta del autor a dicha entrada de blog:

Rodrigo Tena Arregui  says: Jueves, 7th marzo 2013 at 23:40

Sr. Casas, pese a la seriedad del TS en este asunto, parece evidente que la Justicia no es igual para todos en España porque el Gobierno de la nación, elegido democráticamente por los ciudadanos, no quiere que lo sea. Como necesita la benevolencia del primer banco del país, excepciona del cumplimiento de la ley a los dirigentes de ese banco. Es así de simple. Como sugiere la propia sentencia, estamos volviendo a épocas que parecían completamente olvidadas, pero ni siquiera a épocas predemocráticas, sino a épocas preilustradas, al puro y duro medievo en el que el rey permitía a los señores feudales hacer de su capa un sayo -encarcelando y torturando a sus vasallos cuando les viniese en gana- porque los necesitaba para la guerra.

 Los jueces, al menos en este caso, no están por la labor, pero el señor tiene muchos servidores. El Banco de España no debería ser un instrumento más al servicio de la estrategia política del Gobierno, sino un órgano independiente dispuesto a exigir sin excepciones el cumplimiento de las leyes, porque sin el Sr. Sáenz España puede subsistir, incluso el Banco de Santander puede subsistir. Pero sin Estado de Derecho estamos abocados al desastre, a la anarquía, a la destrucción de la misma democracia. Cuando llegue nuestro Chávez le llamarán populista, pero si el populismo es la subordinación de las leyes a un destino “superior”, hay que reconocer que ya estamos en pleno populismo.”


 José Luis Mazón Costa  says: Martes, 12th marzo 2013 at 12:39

Un dato que puede ser muy significativo como telón de fondo del indulto extrañísimo a Sáenz por Zapatero es que en 2006, según un informe del Tribunal de Cuentas, el PSOE recibió una quita de 12 millones de euros de unas deudas bancarias pendientes con el Santander dirigido por Botín y del cual es consejero delegado Sáenz. En el auto de la Sala 2ª sobre la querella contra Zapatero y Caamaño por prevaricacion, aludido en mi anterior comentario, el ponente, Perfecto Andrés Ibáñez, deja caer cierto comentario sobre la ambientación que hace la querella de la posible relacion causa efecto entre el indulto y la quita de los 12 millones de euros al PSOE por parte del Santander, detectada por el Tribunal de Cuentas , el auto dice que esa circunstancia podría ser relevante en otro contexto (es decir en otra querella por cohecho entiendo yo). Como en España no existen Fiscales independientes defensores públicos de la legalidad y los derechos de los ciudadanos, sino servidores del Poder Ejecutivo de turno como cruda realidad, este trabajo en ciertos casos tienen que hacerlo ciudadanos espontáneos o entidades jurídicas creadas para tal fin. Y no se demorará mucho en que un juez de Madrid tenga sobre su mesa una querella contra Botín-Sáenz y Zapatero-Caamaño como supuestos sujetos activos y pasivos de operaciones de estas que se llaman de compra-venta de voluntades. Hemos entrado en la era de la responsabilidad y los vientos de “Némesis” (la diosa griega de la justicia retributiva) están soplando cada vez más reciamente.   







(*) Actualmente, noviembre 2017, no puedo acceder a este blog de Indesinter.

21 de noviembre 2017: Al parecer, "la puerta abierta por el Tribunal Supremo" no fue utilizada. ¡Vaya!

1 comentario:

  1. 15 de enero de 2017:Transcurrido ya casi un año desde que leí esta noticia, me pregunto si finalmente algún juez ordinario de Madrid " tenga sobre su mesa una querella contra Botín-Sáenz y Zapatero-Caamaño como supuestos sujetos activos y pasivos de operaciones de estas que se llaman de compra-venta de voluntades." Y si así fuera, tal vez debería dar cierta premura a su resolución, pues la cosa viene ya desde muy antiguo y deja en evidencia lo injusta de nuestra justicia, debido a su lentitud.

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